POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
- Objetivo
En concordancia con nuestro Código de conducta y con el propósito de prevenir y mitigar todas aquellas actividades de fraude que puedan afectar nuestra operación, la de nuestros socios comerciales y demás grupos de interés relacionados con nuestra organización, en Tempel establecemos nuestra Política Anticorrupción definiendo lineamientos para garantizar el cumplimiento normativo en cuanto a prevención de fraude, mitigar y prevenir todas acciones de corrupción que incumplan las leyes vigentes o contravengan nuestros principios corporativos.
- Cumplimiento normativo
Conocemos y acatamos sin limitación las leyes, estatutos, reglamentos y códigos vigentes aplicables en materia de lucha contra la corrupción, blanqueo de capital y fraude como son:
- Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por ley orgánica 1/2015.
- Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por ley orgánica 1/2015.
Es nuestro compromiso como organización, mantenernos actualizados en el conocimiento de las leyes que regulen nuestra actividad y que establezcan directrices de cumplimiento general en todos los ámbitos, incluyendo la prevención del fraude y la corrupción.
- Detección de casos de corrupción
- Auditorías: Como medidas internas para la detección de la corrupción, realizamos de manera periódica auditorías internas para controlar diferentes ámbitos de nuestra organización y nuestras actividades.
Asimismo, con previo permiso concertado y bajo acuerdos de confidencialidad vigentes, nuestros clientes y proveedores tendrán el derecho de auditar el cumplimiento de nuestros compromisos contractuales, las obligaciones y compromisos adquiridos por relaciones comerciales.
- Evaluación y relación con proveedores: realizamos evaluaciones anuales a nuestros proveedores, asegurando que cumplen con estándares de calidad. Firmamos con nuestros socios comerciales acuerdos y códigos de conducta, fomentado así un comportamiento ético a lo largo de nuestra cadena de valor.
- Canales de denuncia: en caso que nuestros colaboradores o demás grupos de interés quieran notificar alguna acción que consideren que infringe alguna normativa o se califique como un comportamiento antiético; Tempel dispone de un correo electrónico en el cual se podrán denunciar este tipo de actividades: buzon.etico@tempelgroup.com.
- Prohibición de retribuciones y sobornos
Tempel, S.A., ni ninguna de sus filiales o personas que las controlan, sus socios, directivos, administradores y empleados, ofrecerán, prometerán o entregarán pagos o retribución alguna que pueda influir sobre la voluntad u objetividad de sus socios comerciales y demás entes relacionados con su actividad comercial.
Del mismo modo, ninguno de nuestros colaboradores, directivos o administradores podrá recibir pagos u objetos de valor por parte de clientes y proveedores. La aceptación o dación de regalos invitaciones están sujetas a las siguientes condiciones:
- Únicamente serán considerados como tal los regalos comprendidos dentro de los usos y costumbres sociales. Estos regalos no podrán sobrepasar el importe de 50 euros, fijando en 150 euros el límite del valor de los regalos que pueden ser aceptados durante el periodo de un año procedente de la misma persona física o jurídica.
- Está expresamente prohibido entregar regalos consistentes en dinero en efectivo o tarjetas regalo o cheques que permitan un uso como dinero en efectivo, con independencia de cuál sea su modalidad, duración, reglas de uso, estén estos o no dentro del monto establecido previamente.
- Podrán ser aceptados obsequios habituales de carácter simbólico y promocional de escaso valor económico como, por ejemplo: bolígrafos, agendas, cuadernos, etc. Invitaciones a conferencias, cursos, comidas, reuniones profesionales, siempre que no exceda los límites considerados razonables en los usos sociales, según el nivel jerárquico del empleado o directivo beneficiario de la invitación
En caso que algún miembro de la organización reciba alguna retribución indebida, ésta deberá ser reportada de manera inmediata a su jefe superior quien gestionará su devolución y realizará la respectiva aclaración con el proveedor, cliente o parte interesada.
- Otros compromisos
- No influir sobre la voluntad u objetividad de personas ajenas a la compañía para obtener algún beneficio o ventaja mediante el uso de prácticas no éticas y/o contrarias a la ley aplicable.
- No financiar ni mostrar apoyo o soporte de cualquier otra clase, directa o indirectamente, a ningún partido político, sus representantes o candidatos.
- No utilizar las donaciones para encubrir pagos indebidos.
- Reflejar fielmente y de forma adecuada todas las actuaciones, operaciones y transacciones de la compañía en los libros y registros de la misma.
- Notificar de manera oportuna mediante los canales de denuncia establecidos cualquier acto o sospecha de acto indebido o que pueda ser considerado fraudulento.
- Generar relaciones a largo plazo con socios comerciales confiables e imposibilitar relaciones comerciales con personas físicas o jurídicas con demostrados comportamientos antiéticos o delictivos.
- Aplicar nuestro principio corporativo de transparencia a todas las actividades desarrolladas.
- Medidas disciplinarias
Los empleados que infrinjan las disposiciones consignadas en la presente Política quedarán sujetos a las medidas disciplinarias que correspondan, incluso en su caso la finalización del contrato, así como otras posibles actuaciones y/o sanciones legales. Igualmente, Tempel se reservará el derecho de adoptar las medidas que considere oportunas contra los socios comerciales que las incumplan.